Firma electrónica para abogados

Qué niveles de firma reconoce el Reglamento eIDAS, qué valor tienen como prueba y qué hace hoy la firma electrónica de LexIAGest, incluido lo que no hace.

Redacción LexIAGest · Actualizado el 8 de octubre de 2026 · Normas comprobadas ese día en el BOE y EUR-Lex. Guía informativa.

Los tres niveles de firma del Reglamento eIDAS

A ninguna firma se le pueden negar efectos jurídicos ni admisibilidad como prueba por el mero hecho de ser electrónica o no ser cualificada (artículo 25.1 del Reglamento (UE) n.º 910/2014 (eIDAS)). En España, la Ley 6/2020 completa el Reglamento, y el artículo 326 de la Ley de Enjuiciamiento Civil fija cómo se prueba: si se impugna un documento con un servicio de confianza no cualificado, se resuelve por cotejo o pericial (apartado 3); si se usó un servicio cualificado que figura en la lista de confianza, se presume su corrección y la carga de la prueba pasa a quien impugna (apartado 4).

Qué nivel usar

Para aceptar hojas de encargo, presupuestos o documentos de trámite suele bastar la firma simple con un buen registro de evidencias. Si el documento puede acabar discutido (un contrato de honorarios relevante, un acuerdo transaccional), la avanzada aporta más. Cuando la ley exige forma especial, o quieres la presunción del artículo 326.4 de la LEC, hace falta la cualificada. Ten en cuenta que algunos actos requieren escritura pública o intervención notarial, y ninguna firma electrónica privada los sustituye.

Qué nivel usar

Qué hace hoy LexIAGest con la firma

Firma simple, ilimitada en todos los planes: el firmante acepta con un clic desde su enlace, sin cuenta en LexIAGest, y la aplicación registra las evidencias (datos del firmante, IP, dispositivo, ubicación aproximada, huella SHA-256 y fecha). Firma avanzada, 20 al mes en el plan Pro (packs de 10 por 12 €): además, el PDF firmado incorpora un anexo con esas evidencias y LexIAGest lo sella con su certificado para que cualquier cambio posterior se detecte. Firma cualificada, por packs de 10 por 250 €, a través de Signaturit.

Lo que no hace

No firma con el certificado personal del abogado (ACA, FNMT o DNIe), no presenta escritos en LexNET, no usa verificación por SMS en la firma simple ni avanzada y no genera documentos a partir de plantillas con los datos del expediente. La firma simple está en todos los planes; la avanzada, en el plan Pro (20 al mes) y por packs.

Preguntas frecuentes

¿Qué firma electrónica incluye cada plan de LexIAGest?

Firma simple ilimitada en todos los planes; 20 firmas avanzadas al mes en el plan Pro, con packs de 10 por 12 €; y firma cualificada a través de Signaturit en packs de 10 por 250 €.

¿Tiene validez legal una firma electrónica simple?

Sí: el artículo 25.1 del Reglamento eIDAS impide negarle efectos jurídicos por ser electrónica. Su peso probatorio es menor que el de la avanzada o la cualificada, y si se impugna habrá que acreditarla por otros medios (artículo 326.3 de la LEC).

¿LexIAGest firma con mi certificado digital de abogado?

No. LexIAGest no almacena ni usa tu certificado ACA, FNMT o DNIe. Sirve para enviar documentos a firmar a clientes y terceros.

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